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Carta a Los Padres

El seguro alemán de pensiones

4 junio, 2019
in Socio-Laboral
El seguro alemán de pensiones

El seguro de pensiones en Alemania, cuyo principal organismo gestor es la Deutsche Rentenversicherung, ofrece una serie de prestaciones a los asegurados, que consisten fundamentalmente en el pago de una pensión mensual por alguno de los conceptos siguientes: jubilación, incapacidad permanente, orfandad y viudedad.

Este seguro se financia en su mayor parte con las cotizaciones de los trabajadores y los empleadores resultantes de aplicar las cuotas fijadas por ley al salario bruto del trabajador, que para 2019 ascienden al 18,60% del salario bruto: 9,3% a cargo del trabajador y 9,3 % a cargo del empleador (salvo minijobs y midijobs, que cotizan con otros porcentajes).

Para tener derecho a las distintas pensiones, se exige cumplir los siguientes requisitos correspondientes:

  1. a) tiempo mínimo de cotización: 60 meses cotizados al seguro pensiones (de ellos, como mínimo 12 meses en Alemania); y
  2. b) circunstancias personales: edad, viudedad, invalidez…, según la pensión de que se trate.

Por lo que respecta a la pensión de jubilación, la edad de jubilación actual varía según el año de nacimiento, ascendiendo progresivamente desde los 65 años y 8 meses para los nacidos en 1954 hasta los 67 años para los nacidos después de 1964. Existe también la posibilidad de acceder a esta pensión al cumplir los 63 años (con un descuento en el importe de la pensión), siempre que se haya cotizado un mínimo de 35 años. También pueden jubilarse anticipadamente las personas con una discapacidad (como mínimo del 50%).

El seguro de pensiones concede también otras pensiones: 1) de viudedad y orfandad, a los familiares de un asegurado fallecido, y 2) de incapacidad permanente, a las personas que por su estado de salud solo puedan seguir trabajando entre tres y seis horas diarias (incapacidad parcial) o menos de tres horas diarias (incapacidad total)

En el caso de las personas que han cotizado en varios países de la Unión Europea, los reglamentos comunitarios contemplan el principio de totalización: si no se reúnen los períodos mínimos exigidos en un país para tener derecho a pensión, se recurre a los períodos cotizados en otros países de la UE para calcular el tiempo total cotizado. Como resultado de ello, puede tenerse derecho a una pensión de jubilación por cada país en el que se haya cotizado a la seguridad social.

La solicitud de pensión se presenta ante el organismo de pensiones del país de la UE en que reside el solicitante. Basta con presentar una única solicitud para todos los países de la UE. Más información:

http://www.mitramiss.gob.es/es/mundo/consejerias/alemania/webempleo/es/contacta/index.htm

 

Cristina Marugán.

Jefa regional para el Norte y Oeste de Alemania – Embajada de España – Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Düsseldorf

 

 

 

 

 

Foto: Cathopic
 
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